Reclaman acceso a Internet como un Derecho Humano

7.6.2020

El Observatorio del Derecho a la Ciudad, la Cátedra de Ingeniería Comunitaria, el Instituto de Pensamiento y Políticas Públicas y el Frente Salvador Herrera presentaron una acción de amparo colectivo para que la justicia adopte las medidas necesarias para garantizar el derecho a la educación de los estudiantes de establecimientos públicos en el contexto de educación a distancia por suspensión de las clases presenciales y la universalización del acceso a internet para disminuir la brecha digital ante la continuidad del aislamiento social obligatorio.

Al afirmar que sin internet, ni computadoras no hay educación a distancia, la demanda apunta a que la justicia le ordene al gobierno porteño que reconozca el Derecho Humano al Acceso a Internet y garantice la conectividad digital a quien no pueda pagarla, que garantice internet y una computadora a cada estudiante de establecimientos educativos estatales que lo necesite, y que garantice una computadora para cada adulto mayor que no pueda costearla.
“La irrupción de la pandemia de coronavirus trajo aparejadas una serie de nuevas e inesperadas circunstancias que pusieron de manifiesto y profundizaron las desigualdades a nivel digital. Por ello, es imprescindible que en este marco se garantice el acceso a internet a todos los habitantes de la Ciudad que lo soliciten y esencialmente se otorgue acceso a internet y computadora al estudiantado porteño”, expresó Jonatan Baldiviezo del Observatorio del Derecho a la Ciudad.
En igual sentido, María Eva Koutsovitis de la CLIC/IPYPP señaló: Actualmente se puede afirmar que el acceso a internet es un derecho fundamental para los seres humanos, no sólo por razones ociosas o de consumo, sino también porque es un derecho conexo a otros, por ejemplo, el derecho a la educación, el derecho a la libertad de expresión, el derecho a la igualdad de oportunidades, el derecho a la información, el derecho a participar en la vida cultural, el derecho a la salud, el derecho al pleno desarrollo de la personalidad, etc”.
ESCRITO DE LA DEMANDA del Expte. N° 4012-2020/0 caratulado “ARMANDO, FRANCO DAMIAN Y OTROS CONTRA GCBA SOBRE AMPARO – APLICACIONES MOVILES-INTERNET”: AQUI

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