ATE fue a la Justicia y Larreta no podrá obligar al personal de Salud a retornar a la actividad sin antes evaluar cada caso

24.5.2021

ATE presentó un amparo para que Ciudad se abstenga de exigirle al personal de Salud retorne a la actividad. La Justicia le dio la razón

La Ciudad de Buenos Aires había exigido a los trabajadores de la Salud que habían sido vacunados con una sola dosis contra el Covid retornen a los puestos sanitarios. ATE presentó un recurso para que se revise la medida y finalmente la Justicia aceptó el pedido del gremio estatal.
Es que la justicia Contencioso Administrativa y Tributaria de la Ciudad de Buenos Aires “limitó la facultad del Gobierno de la Ciudad” para la convocatoria del personal de la Salud porteño y que cada caso de debe ser analizado en particular teniendo en cuenta varios factores como ser:
Nivel de inmunidad tras la primera dosis en consideración a la vacuna asignada
El tiempo transcurrido desde su inoculación
Tipo de riesgo que afecta a cada paciente
Las diferencias entre efectores de la salud respecto de la necesidad concreta de cada uno de ellos de requerir la presencialidad de los agentes beneficiados por la dispensa
Posibilidad concreta de contar en tales efectores con áreas en las que no exista alta circulación viral de COVID- 19 para que los agentes comprendidos puedan prestar tareas.
Tener en cuenta la distancia entre la vivienda del personal y el referido destino físico (lo que interesa a los efectos de saber si requerirá acudir al transporte público o no entre otras cuestiones).
Esto se desprende según el fallo del titular del Juzgado CAYT Nº 23, el Dr. Francisco Ferrer, quien emitió una cautelar el 21 de mayo, y que le ordena al Gobierno de la Ciudad ajuste su actuar al art. 2 del Decreto 120/AJG/2021, y que convoque a los trabajadores “mediante acto administrativo individual adecuadamente motivado”.

Datos de las y los trabajadores de la salud en CABA

Comunicado de ATE Nacional. El Gobierno de Larreta informó que “el total de personas activas al 28 de abril de 2021, según el sistema de liquidación del Gobierno de la Ciudad SIAL es de 48.466 (cuarenta y ocho mil cuatrocientas sesenta y seis) personas” y que “el Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad cuenta con la prestación de servicios de 402 personas, afectadas específicamente a estrategias sanitarias Covid, y cuyas contrataciones loys [locación de obras y servicios] por prestación de servicios se encuentran a la fecha en proceso de renovación.
Además se informó que “se registran mil quinientas diecinueve (1519) dispensas del deber de asistencia al lugar de trabajo a trabajadores/as del Subsistema Público de Salud, por encontrarse incluidos dentro de alguno de los grupos de riesgo definidos por la Resolución N˚ 622-GCABA-SSGRH/20 y modificatorias” del SUBSISTEMA PÚBLICO DE SALUD PÚBLICA de la CABA que se encuentra dispensado de la presencialidad por encontrarse incluido en un grupo de riesgo representa un 3,10% del total. Si se tiene en cuenta que dicho porcentaje incluye a las y los trabajadores que integran los grupos de riesgo excluidos del retorno a la presencialidad, esto es, los y las trabajadores/as comprendidos/as dentro de los términos de los incisos c) y g) del artículo 1° del Anexo I a la resolución 2600/GCABA/SSGRH/21, es posible afirmar que el porcentaje es aún menor.

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