Represión en el “cuadernazo”: presentaron un habeas corpus para proteger a periodistas en movilizaciones

23.2.2019

La medida fue presentada por la Asociación de Revistas Culturales e Independientes de la Argentina (AReCIA), el Sindicato de Prensa de Buenos Aires (SiPreBA) y Periodistas Argentinas.

Tras la represión contra cooperativistas de Madygraf y fotoperiodistas en el marco del “cuadernazo” del miércoles 20 de febrero pasado, la Asociación de Revistas Culturales e Independientes de la Argentina (AReCIA), el Sindicato de Prensa de Buenos Aires (SiPreBA) y Periodistas Argentinas, presentaron ante la Justicia un Habeas Corpus preventivo para proteger a los trabajadores y trabajadoras de prensa en el marco de posibles represiones en manifestaciones. 

La presentación contó con el patrocinio de la abogada Verónica Heredia, también abogada de la familia de Santiago Maldonado. En el recurso judicial se le solicita al juez que “ordene al Ministerio de Seguridad de la Nación y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se abstengan de realizar actos que amenacen o perturben la libertad ambulatoria de los y las trabajadoras de prensa mientras ejercen su profesión, especialmente durante la cobertura de manifestaciones y/o protestas contra decisiones adoptadas por el Gobierno Nacional o el de la Ciudad de Buenos Aires”.

Asimismo, los referentes Sergio Ciancaglini de AReCIA, Fernando Tato Dondero de SiPreBA y Claudia Acuña de Periodistas Argentinas hicieron alusión en el escrito a la represión ocurrida en el Congreso el miércoles pasado: “uno de los fotógrafos detenidos es quien retrató el 14 de febrero de 2019, en el marco de la cobertura de la manifestación denominada ´Verdurazo´, el momento en que una señora mayor levantaba unas berenjenas de la calle mientras cientos de policías desalojaban la manifestación” y enfatizaron: “esa foto se viralizó en redes y generó una fuerte polémica por la decisión del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires”.

En este mismo sentido desarrollaron: “Esta violencia ejercida por el Estado no sólo afecta los cuerpos de profesionales y trabajadores de prensa, sino también altera el desarrollo de la actividad periodística toda, ya que en estas condiciones es difícil garantizar coberturas informativas sin poner en riesgo a las personas que las realizan”.

Asimismo, detallaron: “como editores, como trabajadores de prensa, como periodistas, comunicadores y reporteros gráficos nos vemos así limitados por la violencia estatal tanto en los lugares de los hechos como en los momentos de decisión de qué coberturas realizar de acuerdo con las expectativas represivas, ya que no podemos ni obligar ni ser obligarnos a realizarlas en situaciones que no garantizan los mínimos derechos a la libertad de expresión y del trabajo periodístico”.

 “Es urgente restablecer las condiciones democráticas de las protestas sociales, que son expresiones de desacuerdo con políticas de Estado y que, en tanto voz social colectiva, es necesario dar a conocer para enriquecer y fortalecer el Estado de Derecho. En primer lugar, debe garantizarse el derecho a la libertad ambulatoria los y las trabajadores de prensa y por eso acudimos ante el señor juez a invocar la acción constitucional y convencional del habeas corpus preventivo”, concluyeron. 

 

ASOCIACIÓN GREMIAL DE TRABAJADORES DEL SUBTE Y EL PREMETRO

SIETE COMPAÑERXS SOBRESEÍDOS

23.2.2019

 

Este viernes se llevó a cabo la audiencia por la causa "Caseros", en la cual la Fiscal Celsa Ramírez pretendía enviar a juicio a siete trabajadorxs por la huelga del 22 de mayo pasado, en el marco de la paritaria.

El Juez Norberto Tavosnaska rechazó los planteos de la Fiscal Ramírez en relación a

los delitos de “asociación ilícita”, “entorpecimiento del transporte” y “atentado a la

autoridad”.

En la resolución el Juez refirió que ese día, ante una huelga, la policía fue convocada como un “grupo de choque” para confrontar con trabajadores y trabajadoras que se encontraban ejerciendo derechos constitucionales.

El Juez fue claro en relación a que se estaba debatiendo un conflicto paritario y que el mismo no podía ser criminalizado; que el derecho de huelga tiene plena receptación constitucional y que el ejercicio de ese derecho, y de los derechos económicos y sociales en general, no puede en modo alguno constituir un delito.

En esta causa, la Mesa de Organismos de Derechos Humanos acompañó al sindicato con un amicus curiae, en defensa del ejercicio de los legítimos derechos de huelga y de libre asociación.

Este fallo es un enorme paso adelante para los derechos de los trabajadores y trabajadoras del Subte.

Nahuel Berguier, abogado de AGTSyP

Roberto Pianelli

Secretario General

Néstor Segovia

Secretario Adjunto

SECRETARIADO EJECUTIVO

ASOCIACIÓN GREMIAL DE TRABAJADORES DEL SUBTE Y PREMETRO

Secretaría de Prensa y Comunicación – Asociación Gremial de Trabajado

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