Diecisiete años de promesas

18.7.2017

A diecisiete años de la entrada en vigencia de la Ley N° 403 de urbanización de la Villa 1-11-14, lo único que se logró, por medio de acciones judiciales, fue que se creara un órgano de representación democráticamente electo: un Cuerpo de Delegados reconocido por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA) que, sin embargo, no ha sido escuchado en ninguno de sus reclamos de urbanización.

El 8 de junio de 2000, los legisladores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires nuevamente se comprometían a atender la situación de emergencia  habitacional y ambiental de la Villa 1-11-14, aprobando la Ley N° 403, que entró en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial, el 14 de julio de 2000.

Esta ley creó el Programa de Planeamiento y Gestión Participativo de la Villa 1-11-14, destinado a elaborar, ejecutar y verificar el Plan Integral de Urbanización de la misma en forma consensuada con una Mesa de Planeamiento Participativo creada a tal fin. El Plan Integral nunca se elaboró y la Mesa no está conformada.

No existen obstáculos legales para cumplir con la ley N° 403, los cinco (5) representantes del barrio designados para conformar la  Mesa de Planeamiento Participativo se encuentran con mandato vigente y electos democráticamente. El Estado no debiera únicamente concentrarse en la represión de los delitos relacionados con el narcotráfico. La solución definitiva a dicha problemática y a otras es la integración social y urbana del barrio, pensada y ejecutada participativamente (re-urbanización).

Desde el Observatorio del Derecho a la Ciudad señalaron que decenas de miles de personas viven cotidianamente sin el saneamiento básico, sin luz regular, en riesgo sanitario continuo, en condiciones de vida sociales y de infraestructura absolutamente alejadas del mínimo exigido por cualquier índice o parámetro urbanístico internacional, nacional o local.

Además desde la organización indicaron que “el paradigma del Derecho a la Ciudad impele que la prioridad es evitar segregaciones socio-espaciales y enclaves de pobreza. Las leyes que ordenan la urbanización de la Villa 1-11-14 implican no sólo el reconocimiento del derecho colectivo de las familias de la villa sino también el derecho de cada habitante a la Ciudad de vivir en una ciudad integrada y plenamente democrática.

No debiera transcurrir más tiempo para que el GCBA inicie un verdadero proceso de urbanización democrático que reconozca y fortalezca la identidad de la Villa 1-11-11 y mejore la calidad de vida de miles de familias”.

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