Argentina: Presentarán proyecto de ley que declara la emergencia habitacional en el barrio La Boca
25.4.2017
Miércoles 26 de abril a las 11hs.
Legislatura de la Cuidad de Buenos Aires – Perú 130
Salón Jauretche
El Grupo de Vivienda y Hábitat de La Boca presentará este miércoles un Proyecto de ley que declara la Emergencia Habitacional en La Boca. La iniciativa, debatida en asamblea vecinal, busca frenar el aumento abrupto y desmedido de desalojos en el barrio y promover que el Estado porteño garantice una solución habitacional definitiva a la enorme cantidad de familias de La Boca que se encuentran en una situación crítica.
Tras la aprobación de la Ley del Distrito de las Artes (puntapié para la instalación del mayor negocio inmobiliario en la zona) los desalojos se multiplicaron, generando la expulsión de 1.200 vecinas y vecinos, durante el 2016 y lo que va de este año. Actualmente, el Grupo de Vivienda acompaña a 76 juicios de desalojo que, en los próximos meses, dejarán a otras 300 familias en la calle. Es que la mayoría de estos procesos se desarrollan contra vecinos que viven en viviendas multifamiliares, donde habitan hasta 22 familias por conventillo.
Ante este proceso de vulneración de los derechos básicos de gran parte de un barrio, en el que miles de familias habitan viviendas en situación de hacinamiento y con estructuras obsoletas, y donde los recurrentes incendios destruyen hogares y se llevan vidas, principalmente de niños y niñas, es que se tomó la decisión de presentar este proyecto que propone, entre otros puntos, los siguientes:
• Declarar la Emergencia Habitacional en La Boca, por 5 años desde la fecha de promulgación de la ley y/o hasta que se cumplan sus objetivos.
• La Emergencia Habitacional incluye a: habitantes de casas o edificios que estén en proceso de desalojo; ocupantes de viviendas en situación de hacinamiento, inhabitables u obsoletas; alojados en hoteles y pensiones; personas en situación de calle o en riesgo de estar en esa situación; habitantes de asentamientos, villas y Núcleos Habitacionales Transitorios.
• Para todos estos casos, se suspenden los desalojos en inmuebles que pertenezcan al Gobierno de la Ciudad. Y en los casos de desalojos de inmuebles que tramiten ante la Justicia Nacional o Federal, el Gobierno porteño deberá presentarse en el marco de la causa judicial para solicitar la suspensión del desalojo o el trámite en curso; proponer una solución habitacional definitiva y ofrecer colaboración para evitar el desalojo forzoso.
• El GCBA deberá garantizar a cada familia que se encuentre en Emergencia Habitacional una solución habitacional definitiva; todos los gastos relacionados (mudanza, gastos de escrituración, etc.) estarán a cargo del GCBA.
• No se considerará solución habitacional definitiva la entrega de subsidios habitacionales, el alojamiento en paradores, refugios u hogares ni cualquier otra solución transitoria.
• Para hacer efectiva la ley, deben realizarse una serie de relevamientos: de grupos familiares y personas que se encuentren en situación de Emergencia Habitacional; de inmuebles ociosos que pertenezcan al GCBA; de inmuebles ociosos dentro del barrio que puedan declararse de utilidad pública y expropiarse; de inmuebles en venta en el barrio; etc. Estos informes deberán ser realizados por el Gobierno de la Ciudad, que deberá hacerlos públicos en el marco de la ley 104 de acceso a la información.
• Se crea un Fondo para la Emergencia Habitacional, como así también una Comisión de Seguimiento de esta ley, integrada por organizaciones sociales y políticas, el Instituto de Vivienda de la Ciudad, representantes de la Comuna 4, del Consejo Consultivo Comunal, de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad y del Ministerio Público de la Defensa porteño.
• La autoridad de aplicación de la ley será el Instituto de la Vivienda de la Ciudad.
El impulso del Estado al mercado inmobiliario, que incluye la venta de tierras públicas como las de Casa Amarilla y que busca transformar a La Boca en una extensión de Puerto Madero, constituye, para las familias que viven en el barrio, la expulsión de sus hogares, ya sea por los desalojos o por el aumento del costo de vida.
Este cuadro de extrema gravedad también es generado por un Estado que la viola las normas que garantizan el derecho a la vivienda en la Ciudad y específicamente en el barrio: desde la Constitución de la Ciudad hasta leyes locales, como la 2240 (Declaración de Emergencia Ambiental y Urbanística del barrio de La Boca) o el artículo 29 de la Ley 4353 Distrito de las Artes (que obliga a las autoridades a generar políticas que apoyen el arraigo de quienes viven en la zona, dando soluciones habitacionales).
Nos Resistimos a la mala política y al incumplimiento de los deberes de nuestros funcionarios y Proponemos asumir nuestro lugar en la lucha por el derecho a una vivienda digna con la mayor de las responsabilidades. Por eso consideramos que es imprescindible y urgente la aprobación de este proyecto de ley por parte de las y los diputados porteños, representantes de todas y todos los que habitamos el suelo de esta Ciudad.
Grupo de Vivienda y Hábitat de La Boca
Integrante de la multisectorial La Boca Resiste y Propone