Por la despenalización de lxs consumidorxs, la legalización, el autocultivo y el uso medicinal del cannabis

2.5.2014

En el marco de la Marcha Mundial de la Marihuana (MMM) que se llevará a cabo el próximo sábado 3 de mayo simultáneamente en Buenos Aires y otras ciudades del mundo, la diputada y presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, María Rachid, reabre el debate en torno a la despenalización de lxs consumidorxs, la legalización, el autocultivo y el uso medicinal del cannabis.
 
Al respecto, María expresó que “esta nueva edición de la Marcha Mundial de la Marihuana nos encuentra en un escenario más favorable para avanzar con un debate todavía pendiente. La opinión de diversos especialistas y asociaciones que intervienen hoy en el amparo presentado por Alejandro Cibotti junto con la Mesa Nacional por la Igualdad y la Agrupación Agricultores Canábicos Argentinos (AACA), reclamando el derecho al uso medicinal de cannabis, son fundamentales para comprender que las leyes se deben ir adaptando a las necesidades y a los cambios que las sociedades precisan en cada época. Penalizar el uso terapéutico de cannabis es una grave conducta discriminatoria hacia sus usuarios/as, que tiende a estigmatizarlos/as y apartarlos/as del acceso a su salud integral. Legalizar el cannabis es mucho más que una cuestión jurídica, es una cuestión de derechos humanos, una cuestión humanitaria”.
 
En una presentación realizada hoy, el Director de Proyectos Científicos de la Fundación ICEERS (Holanda-España), José Carlos Bouso, el Asesor en Políticas de Drogas del Colegio Médico de Chile, Dr. Sergio Sánchez Bustos y el Director del Programa de Política de Drogas de Espolea (Méjico), Aram Barra, adhirieron al amparo de la Mesa-AACA y al “Amicus Curiae” presentado en 2013 por la Asociación Rosarina de Estudios Culturales (AREC). Allí se reveló, entre otros datos clínicos, la eficacia analgésica del cannabis y los cannabinoides, así como se demostró que la administración de los mismos durante una infección por VIH, puede incrementar la habilidad de las personas para controlar la carga viral y mejorar su calidad de vida. 
 
A su vez, la Asociación Pensamiento Penal (APP) se presentó en la causa en calidad de Amiga del Tribunal (Amicus Curiae) acompañando el amparo, en el que se denunciaba la denegación a prescribir y suministrar cannabis para atenuar los dolores físicos de Cibotti a causa del virus VIH con que convive hace 14 años, por parte de los hospitales públicos. Y se solicitó la declaración de inconstitucionalidad de las normas que incluyen al cannabis en el listado de sustancias prohibidas, y la consecuente represión de la tenencia y el autocultivo mediante la Ley Nº 23.737.
 
La APP, a partir de su presentación, entiende que el Gobierno de la Ciudad debe prescribir y suministrar marihuana en las dosis que sean necesarias y médicamente recomendadas o autorizar su autocultivo, en tanto contribuya a disminuir los dolores físicos y espirituales que vienen derivados de la convivencia con el VIH y otra serie de enfermedades residuales, tales como la Hepatitis C y Polineuropatía Periférica.
 
También adhirieron al amparo y los Amicus, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) e Intercambios (Asociación Civil para el Estudio y Atención de Problemas Relacionados con Drogas). 
 
Cabe destacar que el único proyecto con estado parlamentario en el Congreso Nacional de despenalización, legalización y regulación del cannabis para todos sus usos, fue elaborado por la Mesa Nacional por la Igualdad, que encabeza su Secretaria General María Rachid, la Agrupación Agricultores Canábicos Argentinos (AACA) y levantado por la diputada nacional Araceli Ferreyra (FpV). La iniciativa también contempla la reducción de daños y vulnerabilidad de los/as usuarios/as de drogas prohibidas, así como la prevención de usos problemáticos y adicciones, entre otros puntos.
 
Respecto a los nuevos aportes a la causa judicial, María manifestó que “nos parece necesario que la adhesión de expertos internacionales, así como la intervención ahora de la Asociación Pensamiento Penal, el CELS e Intercambios, entre otros, sean tenidas en cuenta para determinar, cuanto antes, la inconstitucionalidad de las normas en que se ampara el Gobierno de la Ciudad para negar la prescripción y provisión de marihuana a Alejandro Cibotti o habilitar expresamente a su autocultivo. Es violatorio de los derechos humanos impedir a él, y a otras personas, el derecho a vivir dignamente de manera libre y autónoma”. 
 
 
Anexo declaraciones:
 
Aram Barra, Director del Programa de Política de Drogas de Espolea, Méjico, sostuvo que “Espolea se suma al amicus porque creemos que la cannabis tiene propiedades medicinales importantes que debemos tener en consideración. El día de hoy hay ocho condiciones médicas en las que se puede utilizar cannabis: cáncer, glaucoma, VIH/sida, espasmos musculares, convulsiones, dolores graves, náuseas graves y pérdida dramática de peso y atrofia muscular. A medida que avanzamos en la creación de medicinas, como la telaraña de Charlotte, para los pacientes que se pueden beneficiar del cannabis, este es un punto importante que debemos tener en mente. Distinto a otras drogas que pueden funcionar como un solo compuesto, sintetizado en un laboratorio, el cannabis puede ofrecer los beneficios más completos como una planta completa, si dejamos florecer el efecto acumulativo, como sugirió Mechoulam hace más de una década".
 
El Director de Proyectos Científicos de la Fundación ICEERS, Dr. José Carlos Bouso, sostuvo que “el cannabis ha demostrado sobradamente sus propiedades medicinales para toda una serie de patologías. Se han realizado cientos de ensayos clínicos con cannabinoides para el tratamiento de diferentes enfermedades por los que han pasado más de 9000 pacientes. En los ensayos clínicos no se han encontrado problemas psicopatológicos o cognitivos en los pacientes tratados. Tampoco se han encontrado evidencias de tolerancia ni de síndrome de abstinencia y se ha encontrado que los efectos adversos de la marihuana medicinal no son graves y no hay diferencias significativas entre la incidencia de eventos adversos graves entre los pacientes que toman marihuana y los que toman fármacos de prescripción”.
 
El Asesor en políticas de drogas del Colegio Médico de Chile, Sergio Bustos, indicó que "la planta tiene muchas sustancias químicamente activas llamadas genéricamente cannabinoides. Un par de ellos tienen hoy importancia en medicina, llamados delta 9 tetrahidrocannabinol (THC)   y  canabidiol (CBD) respectivamente. Existen variadas formas de presentación de estos compuestos en nuestras sociedades. En algunas partes del mundo, se acepta la venta y uso de las sumidades floridas (flores, cogollos) de la planta bajo estándares medicinales (Bedrocan ®), o su consumo bajo la forma de cápsulas que contienendronabinol (un análogo del THC pero sintetizado en laboratorios) disuelto en aceite de sésamo (Marinol ®) utilizados para controlar las nauseas y vómitos asociados a quimioterapias. Hoy día su uso medicinal está reconocido en: Canadá, República Checa, Alemania, Israel, Holanda, EE.UU (en 21 Estados) y España. En todos ellos se tiene acceso ya sea a preparados farmacéuticos o a las propias flores de la planta, para su consumo recomendado por algún médico en base a criterios ad-hoc. No todos estos países reconocen las mismas formas de presentación del medicamento, sin embrago, el principio activo de estos es THC fundamentalmente y con el agregado de CBD en algunos casos, como Bedrocan".
 
Gabriela Touze, Presidenta de Intercambios, afirmó que “desde la Asociación Intercambios no dudamos en adherir a esta causa porque entendemos que se está violando el derecho a la salud. El respeto por los derechos humanos está por encima de cualquier normativa en materia de drogas”.
 
Mario Alberto Juliano, Director Ejecutivo de Asociación Pensamiento Penal, sostuvo que “la normativa que reprime la tenencia para consumo personal (artículo 14 Ley 23.737) se contrapone con el artículo 19 de la Constitución nacional, circunstancia avalada por la doctrina especializada y la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Se encuentra empíricamente demostrado que la prohibición no contribuye a reducir ninguna problemática que pueda derivar del narcotráfico. Todo paciente tiene derecho a elegir el tratamiento al cual someterse. Otros países han promovido la utilización de marihuana con fines medicinales sin inconvenientes de ninguna naturaleza”.

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